jueves, noviembre 21, 2024
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Las reformas al Código Penal del Estado de Querétaro para sancionar cualquier tipo de tratamientos, terapias o servicio de “conversión”, son límites claros ante dichas prácticas crueles y degradantes de la dignidad humana, consideró el Frente Queretano por el Derecho a la No Discriminación y el Estado Laico, cuyo vocero es Walter López.

Una vez que en el estado de Querétaro, los diputados aprobaron reformas al código penal para prohibir los esfuerzos para “corregir” la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), este frente emitió un posicionamiento en el que destacó que dichas prácticas “buscan reprimir o corregir la orientación sexual, identidad y expresión de género de las personas”, y por lo tanto estas leyes ponen un límite claro, legal y penal.

“El hashtag #NadaQueCurar sintetiza precisamente eso, que ninguna orientación sexual distinta a la heterosexual, ni la identidad de género autopercibida, son enfermedades sino más bien, variedades del gran universo de orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género que conforman la rica diversidad sexo genérica de la humanidad, toda”, se lee en el posicionamiento emitido por dicho Frente.

“Hoy, Querétaro ha dado un paso más en la progresividad de los Derechos Humanos al aprobar la LX legislatura la iniciativa para prohibir loa ECOSIG y hacemos votos para que pronto, el Poder Ejecutivo publique esta iniciativa aprobada en el Periódico Oficial La Sombra de Arteaga, para que sea finalmente Ley y se puedan empezar a anclar en ella distintas políticas públicas”, y lanzaron un llamado para que a nivel federal, también se apruebe dicha iniciativa y tenga alcance nacional.

Después de varias sesiones de trabajo donde intervinieron psicólogos, abogados, activistas y funcionarios públicos, se logró como resultado una reforma al Código Penal en donde se establece como delito la generación de este tipo de terapias.
Las modificaciones fueron al Artículo 142 Ter del Capítulo Séptimo del Código Penal, en materia de terapias para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto de la orientación sexual o identidad de género, y se denominan “terapias de conversión” a las intervenciones que tienen como finalidad cambiar la orientación sexual de una persona o su identidad de género.

Con la reforma al Código Penal, ahora, “quien imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamientos, terapias, servicio o esfuerzo para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto a la orientación sexual o identidad y expresión de género, se le impondrán de dos a seis años de prisión, una multa de 250 a 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), y de 50 a 100 horas de trabajo en favor de la comunidad”.

También quedó prohibido “cualquier tipo de tratamiento, terapias, servicios o acciones consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, reprimir o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona en la que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana”.
Y si dichas prácticas se hicieran en menores de edad o personas que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho, la pena se aumentará en una mitad, de acuerdo con lo aprobado.

De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y Género (Endiseg) 2021, la orientación sexual, es la capacidad que tiene una persona de sentirse atraída, romántica o sexualmente hacia mujeres, hombres, personas de ambos sexos u otros; o de no sentirse atraída.

De la población encuestada, 4.8%, es decir 4.6 millones de personas, se identifican con orientación sexual LGB+1. El 51.7 consideró su orientación como bisexual, 26.5% gay u homosexual, 10.6% lesbiana, 11.2% otra.
De acuerdo con esta encuesta, a nivel nacional, una de cada 20 personas se reconoce como población LGBTI+ y en Querétaro, son 153,753 personas que así se identifican, es decir, 8.2% de la población, colocando a la entidad entre las más altas de este indicador.
La mayoría de la población encuestada (43.4%) dijo que fue en la primera infancia cuando se dio cuenta de su orientación sexual y el 62.4% dijo que fue en esta misma etapa cuando descubrió que su forma de ser o actuar no correspondía con su sexo de nacimiento.
El 34.1% dijo que fue en la Adolescencia cuando descubrió su orientación sexual y el 20.3% que fue en dicha etapa cuando se dio cuenta de que su forma de ser o actuar no correspondía con su sexo de nacimiento.

Respecto a quién sabe sobre su orientación sexual, identidad de género o LGTBTI+, de 4.6 millones de personas de 15 años y más con Orientación Sexual LGB+ el 56.2% dijo que su mamá, el 46.8% que amigos, el 44.9% que hermanos y hermanas, y un 13.4% dijo que nadie.

Y de 908.6 mil personas de 15 años y más con Identidad de Género trans+ el 27.5% dijo que nadie sabe y 41.3% dijo que su mamá sí sabe, 32.4% que amigas y amigos, 29.4% dijo que hermanos y hermanas.

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